Ministerio de EducaciónInstituo Superior de Formación y Recursos en Red para el Profesorado

Glosario Técnico Multimedia

Recurso educativo de apoyo a la Formación Profesional

Mínimo familiar

Definición

Es un mínimo exento o cantidad no sujeta a gravamen por razones familiares, que reduce la base imponible de un impuesto para obtener la base liquidable sometida a gravamen. En el IRPF se establece un mínimo familiar por descendientes, que minora la renta total para obtener la renta disponible sometida a gravamen. Su cuantía es de 1.400 euros anuales por el primer descendiente, 1.500 euros por el segundo, 2.200 euros por el tercero y 2.300 euros por el cuarto y siguientes. Además, se requiere que los descendientes sea menores de 25 años o discapacitado con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, que estén solteros, que convivan con el contribuyente y que no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de los mínimos familiares, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Áreas curriculares:

 

Traducciones

  • EspañolMínimo familiar
  • EuskeraGutxieneko familiar
  • CataláMínim familiar
  • GalegoMínimo familiar
  • EnglishFamily minimum
  • DeutschFamilienfreibetrag
  • FrançaisMinimum familial
  • ValenciáMínim familiar
  • PortuguêsMínimo familiar

Archivos Multimedia

Imágenes

     

Mínimo familiar
Imagen

   

Audios

Vídeos

Mínimo familiar
Español Catalán Vasco Gallego Valenciano Portugués Frances Inglés Alemán

 

Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8